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El Supremo avala que la violencia machista sea un motivo para la expulsión de extranjeros

El Tribunal Supremo ha avalado la expulsión del país de un hombre condenado por violencia machista y maltrato y rechaza que pueda alegar arraigo familiar, cuando es en la familia donde ha cometido sus delitos, o que las penas son bajas, ya que el bien lesionado «es objeto de especial protección» en España.



En una sentencia dictada a principios de mes, el Supremo rechaza el recurso interpuesto por un ciudadano de nacionalidad belga y origen dominicano contra la resolución de la Delegación del Gobierno en La Rioja que decretó su expulsión del país y la prohibición de regresar en cinco años. El hombre, que llevaba más de diez años residiendo en España y es padre de tres niñas menores, recurrió sin éxito ante los tribunales riojanos y llegó hasta el Supremo, donde alegó que no se habían tenido en cuenta sus circunstancias personales de arraigo y que la legislación española y europea solo permite expulsar a un ciudadano comunitario por «motivos imperiosos de seguridad pública».


El Supremo considera que el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja sí valoró su situación personal, además de la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito. El TSJR dejó claro, añade el alto tribunal, que «la expulsión no supone ningún sacrificio ilegítimo ni desproporcionado al principio de protección a la familia, toda vez que se trata de delitos cometidos en el ámbito familiar (condenas por violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato familiar)».

El Supremo subraya además que la legislación europea fija que los motivos imperiosos de seguridad pública serán definidos por los Estados miembros «facultados para determinar qué infracciones penales constituyen un menoscabo especialmente grave de un interés fundamental de la sociedad y pueden derivar en la expulsión, una restricción al principio fundamental de la libre circulación de personas». Rechaza también que pueda alegar la poca entidad de las condenas impuestas, ya que la duración de la pena solo es un factor más de los que debe valorar el juez.

El hombre había sido condenado en el 2014 a nueve meses de prisión y dos años de alejamiento de su víctima por un delito de violencia doméstica y de género, con lesiones y maltrato familiar; en el 2016, a 30 días de multa por un delito de lesiones; y en el 2017, a 52 días de trabajo en beneficio de la comunidad y a 4 y 8 meses de alejamiento de sus víctimas por sendos delitos de violencia doméstica y de género por lesiones y maltrato familiar, injurias y vejaciones.

El número de víctimas de violencia de género que renuncia a declarar se sitúa en mínimos históricos

El número de víctimas de violencia machista que se acogieron a la dispensa de la obligación de declarar (es decir, que renunciaron a declarar contra su pareja o expareja) ha bajado por primera vez del 10%. Son datos del primer trimestre de 2019 hechos públicos este lunes por el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). De enero a marzo de este año, 3.759 mujeres renunciaron a seguir con el procedimiento tras denunciar a su pareja o expareja, un 9,73% del total. La cifra, destaca el organismo, es "notablemente inferior" al 11,18% registrado en el mismo periodo del año anterior.
La dispensa de la obligación de declarar es un derecho recogido en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que exonera a "los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial (...)", entre otros, de declarar. Un precepto que lleva años siendo ampliamente debatido en los círculos jurídicos con voces que defienden su eliminación y otras que no. Estas cifras "nos sitúan en el camino acertado y por el que tanto viene luchando el Observatorio: animar a denunciar y acompañar a la víctima en el proceso de mantenimiento de la denuncia", explica la presidenta, Ángeles Carmona.
El CGPJ informa de que un total de 38.619 mujeres aparecen como víctimas de violencia de género en este primer trimestre en 40.319 denuncias que fueron presentadas en los órganos judiciales. Supone un incremento del 1,9% con respecto a las denuncias presentadas de enero a marzo de 2018 en general. Dentro de esas 40.000 denuncias, el 73,6% fueron presentadas directamente por la víctima, cinco puntos más que en el primer trimestre de 2018.
Durante este mismo periodo, los órganos judiciales dictaron un total de 13.187 sentencias penales por violencia de género, de las cuales una mayoría, un 68,6%, fueron condenatorias, lo que supone un ligero incremento de 0,1 puntos respecto a las registradas en 2018 (68,5%). El mayor porcentaje de condenas se produjo en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que dictan sentencias de conformidad o por delitos leves. Las Audiencias Provinciales emitieron un 82,52% de sentencias condenatorias y en el caso de los Juzgados de lo Penal, el porcentaje se redujo al 57,33%.
También se han incrementado las órdenes de protección solicitadas (10.922) un 4,7%, pero han descendido las concedidas por los juzgados. Así, los Juzgados de Violencia sobre la Mujer otorgaron casi siete de cada diez medidas de este tipo solicitadas, un 67,1%, lo que supone un descenso de un punto y medio respecto al mismo periodo del año anterior. En los juzgados de guardia, por su parte, se acordó un 75%.
Derivadas de las órdenes de protección, destaca, en el ámbito civil, el número de medidas de atribución de la vivienda (1.073) y de prestación de alimentos (1.331) concedidas. Solo en 301 casos se ha procedido judicialmente a la suspensión de la guarda y custodia y en 236 casos a la suspensión del régimen de visitas de los menores con el padre denunciado. En cuanto a las medidas penales, la más numerosa han sido órdenes de alejamiento y la prohibición de la comunicación.
Por último, en el primer trimestre del año los Juzgados de Menores enjuiciaron a un total de 74 menores de edad en el ámbito de la violencia de género (en el primer trimestre de 2918 fueron 59), de los cuales a un 90,54% de los casos se les impusieron medidas. 
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