Se especifica que la densidad de población debe ser inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado. Se beneficiaran de esta medida los residentes que estén empadronados en el municipio o ente de ámbito territorial inferior al municipio pero también los que hayan estado los últimos 14 días viviendo en ellos.
Se elimina también la norma que limitaba a solo 1 adulto pudiera salir con 3 niños. Así podrán salir juntas las familias que convivan en un mismo domicilio. A su vez, las actividades deportivas se podrán seguir haciendo dentro del mismo municipio o a cinco kilómetro en pueblos adyacentes siempre que estos sean de la misma condición (menos de 10.001 habitantes) y estén en la misma área sanitaria de referencia.
Cambios en los bares, restaurantes o entierros
En estas poblaciones, en las que viven unos 10 de los 47 millones de españoles, se mantendrá el límite de un 50% en las terrazas de bares y restaurantes pero se permitirá el consumo dentro de estos establecimientos. Eso sí con un aforo del 40% y siguen cerrados bares de ocio nocturno y discotecas.
La medida también permite la obertura de mercadillos, priorizando los de alimentos y bienes de primera necesidad, a un 25%. De igual modo, se permiten velatorios de 15 o 25 personas (según si es cerrado o al aire libre), abrir iglesias al 50%, abrir bibliotecas para el préstamo y permitir entrenamientos en instalaciones deportivas.
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