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Estos son los vehículos exentos de cumplir las nuevas medidas de circulación durante el confinamiento

Tras el incremento del número de contagios del Covid-19 en España, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha comunicado este fin de semana que el estado de alarma se alargará 15 días más para frenar, de una vez, la cadena de transmisión del virus. Será el Congreso, que tiene previsto reunirse el próximo miércoles, quien tenga que aprobar en breve esta prórroga.
El estado de alarma, que se declaró el pasado 14 de marzo mediante el Real Decreto 463/2020, establece una serie de medidas que pretenden frenar esta crisis sanitaria limitando, en la mayoría de los casos, la libertad de movimientos de los ciudadanos.  
El estado de alarma establece una serie de medidas que pretenden frenar esta crisis sanitaria limitando, en la mayoría de los casos, la libertad de movimientos de los ciudadanos
El estado de alarma establece una serie de medidas que pretenden frenar esta crisis sanitaria limitando, en la mayoría de los casos, la libertad de movimientos de los ciudadanos (Dani Duch)

Entre las órdenes que entraron en vigor, se establece que la población solo podrá circular por las vías de uso público para ir a comprar alimentos, medicamentos y productos de primera necesidad; acudir a centros, servicios y establecimientos sanitarios; desplazarse al lugar de trabajo; asistir al cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; regresar a domicilio o ir a entidades financieras y de seguros. Posteriormente, se han ido aprobando otras ordenanzas que incluyen el cierre de las fronteras terrestres del país y la obligación de circular “de manera individual , salvo que se acompañe a personas con discapacidad, a menores, a personas mayores, o exista otra causa debidamente justificada”.

El dato

Los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización


En sintonía con el Real Decreto 463/2020, la Dirección General de Tráfico (DGT), en coordinación con el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, ha ido aplicando una serie de medidas específicas en materia de tráfico y circulación de vehículos , con el fin de proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y garantizar el abastecimiento de bienes de primera necesidad y la prestación de servicios esenciales para la sociedad.
El estado de alarma prohíbe circular acompañado, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, a menores, a personas mayores, o exista otra causa debidamente justificada
El estado de alarma prohíbe circular acompañado, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, a menores, a personas mayores, o exista otra causa debidamente justificada (Pekic / Getty Images)
Suspensión de plazos administrativos
El Ministerio del Interior ha dictado una orden, publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que señala que “los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma , quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización”.
Esta resolución, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, “también afecta a los permisos de conducción extranjeros válidos para conducir en España”. La ley establece que estos permisos tienen una validez de seis meses desde su entrada en el país, después los conductores extranjeros deben canjear el permiso de su país por uno español. Sin embargo, la nueva orden modifica esta ley y establece que el cómputo de esos seis meses queda paralizado durante el estado de alarma, y se reanudará una vez finalizado ese periodo.
Los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización
Los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización (Stadtratte / Getty)
Cierre de carreteras y vehículos que quedan exentos
A parte de las limitaciones de circulación ya mencionadas anteriormente, la nueva resolución publicada este fin de semana, señala que el ministro del Interior “podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos”.
No obstante, hay una serie de vehículos que quedarán al margen de esta normativa:
a) Los vehículos de auxilio en carretera
b) Los vehículos y servicios de conservación y mantenimiento de carreteras.  
c) Los vehículos de distribución de medicamentos y material sanitario.
d) Los vehículos de recogida de residuos sólidos urbanos.
Las restricciones no afectarán a los vehículos de emergencia ni a los vehículos policiales
Las restricciones no afectarán a los vehículos de emergencia ni a los vehículos policiales (Mariscal / EFE)

e) Los vehículos destinados a la distribución de alimentos.  
f) El transporte de materiales fundentes.  
g) Los vehículos destinados a transporte de combustibles.  
h) Los vehículos de transporte de ganado vivo.
i) El transporte de mercancías perecederas (frutas,  verduras frescas y otros),  siempre que la mercancía perecedera suponga al menos la mitad de la capacidad de carga útil del vehículo u ocupe la mitad del volumen de carga útil del vehículo.
j) Los vehículos de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.  
Los vehículos que contribuyen a garantizar el suministro de bienes o la prestación de servicios esenciales para la población también quedarán al margen de esta normativa
Los vehículos que contribuyen a garantizar el suministro de bienes o la prestación de servicios esenciales para la población también quedarán al margen de esta normativa (EP)
Las restricciones tampoco afectarán a otros vehículos “que contribuyen a garantizar el suministro de bienes o la prestación de servicios esenciales para la población”, ni a los vehículos de emergencia ni a los vehículos policiales.
Más controles
A pesar de las órdenes que establece el estado de alarma, todavía hay una parte de la población que no es consciente del riesgo que supone para sí mismo y para el resto de conciudadanos el hecho de saltarse el confinamiento ordenado por las autoridades para romper la cadena de contagios del coronavirus.
Ya son varios miles las sanciones que se han interpuesto en nuestro país por hacer caso omiso a las órdenes establecidas en el Real Decreto 463/2020. Ante esta situación, la DGT y la Guardia Civil han decidido establecer controles en carreteras para evitar desplazamientos innecesarios, haciendo especial referencia a aquellas personas que cogen su vehículo para dirigirse a segundas residencias.
La DGT y la Guardia Civil han decidido establecer controles en carreteras para evitar desplazamientos innecesarios, especialmente aquellos que se dirigen a sus segundas residencias
La DGT y la Guardia Civil han decidido establecer controles en carreteras para evitar desplazamientos innecesarios, especialmente aquellos que se dirigen a sus segundas residencias (Juanjo Martín / EFE)

Asimismo, las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial garantizarán que se lleven a cabo medidas proactivas de divulgación entre la población para el cumplimiento del estado de alarma.
Trámites desde casa y la aplicación miDGT
El estado de alarma ha suspendido temporalmente la atención presencial en las Jefaturas Provinciales de Tráfico y todas las citas previas. Los ciudadanos que tuvieran cita concertada serán informados a través de correo electrónico.
Trámites que se pueden realizar sin acudir a la Jefatura de Tráfico
Trámites que se pueden realizar sin acudir a la Jefatura de Tráfico (DGT)

Durante este periodo, el servicio público al ciudadano se seguirá realizando a través de la atención telefónica y telemática, ya que un número importante de gestiones administrativas relacionadas con vehículos y conductores se pueden realizar a través de la sede electrónica del organismo y a través de colaboradores terceros, tal y como se muestra en el cuadro adjunto. Además, la DGT lanza su nueva aplicación móvil miDGT  como canal digital alternativo para evitar desplazamientos y que el ciudadano se relacione con la DGT desde su casa.
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