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Un pleno extraordinario que aclaró dudas pero se podía haber evitado

Un pleno extraordinario que aclaró dudas pero se podía haber evitado puesto que el único punto del orden del día, propuesto por 5 concejales del PSOE y uno de IU era:

1.- Ratificación de la urgencia

2.- Debate y adopción de medidas para el ejercicio de acciones judiciales si fueran oportunas sobre el informe del Tribunal de cuentas y el expediente de responsabilidad contable.

En el pleno ordinario del mes de abril se acordó que el Ayuntamiento no ejerciera acciones judiciales. En el pleno de hoy no se adoptaron ningún tipo de acuerdos. Un punto de discusión es la afirmación que la alcaldesa ha realizado en medios de comunicación hablando de "sobresueldos ilegales", en referencia a los complementos de productividad de 2012 que los trabajadores municipales cobraron en 2013.

La R.A.E. define sobresueldo como: Retribución o consignación que se añade al sueldo fijo. Si hacemos caso a esa definición cualquier plus en una nómina es un sobresueldo. Sin embargo, cuando un trabajador recibe atrasos de convenio, nadie lo define como sobresueldo. De ahí, concluimos que la RAE no define correctamente el término sobresueldo.

También sobresueldo siempre se ha entendido el que ganaba un trabajador haciendo otras tareas diferentes de su trabajo principal y por el que recibía una retribución.

Ilícito, adjetivo de define la RAE; No permitido legal o moralmente. Aunque en México es equivalente a delito.

Ilícito contable es un término jurídico que no aparece como tal y sí encontramos iícito administrativo (en una ley que procede de 1900) e ilicito penal. Por lo que deducimos que el tribunal de cuentas lo refiere a un delito contable

Javier Corpa definió que el fin de este pleno es que se afirme que en este Ayuntamiento no se han pagado sobresueldos ilegales y definió sobresueldo "según letrados que entienden de esto como salario en negro y de una caja B".

Cati Rodriguez, declaró ante la insistencia de que afirmase que no ha habido sobresueldos ilegales que " en este Ayuntamiento no ha habido pago de complementos ilegales" y que el informe de Tribunal de Cuentas dice: " ( refiriéndose al pago) ..que no es acorde al Convenio Colectivo de su momento".

Se vio claramente que el debate se centraba en una definición diferente del concepto sobresueldos ilegales.

El tono del pleno cambió cuando se repartió una nota interna a los corporativos y particularmente con las declaraciones de la interventora explicando que ella no podía fiscalizar las nóminas en esa época porque no se las facilitaban, de ahí, surge el uso del Tribunal de Cuentas que no se puede justificar esos complementos.

Los complementos de productividad están en un Convenio Colectivo de 2007-11 que se prorrogó a 2012. Y por tanto, aunque el Tribunal de cuentas no lo conozca, se equivoca cuando afirma que son ilícitos contables, cuando debía precisar en el peor de los casos que son faltas contables, pero entendemos que se pueden justificar y aportar, aún cuando haya pasado el plazo de alegaciones. Hemos visto casos en los que se puede hacer.

Un tiempo precioso de 35 personas que asistieron al pleno durante dos horas, que se podrían ahorrar si todo se hubiese aclarado en el pleno de abril, incluso después.



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