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San Fernando de Henares Sí Puede devuelve el dinero cobrado por sus concejales a la ciudadanía

San Fernando de Henares Sí Puede devuelve una parte del dinero cobrado por sus concejales a la ciudadanía, al igual que lo ha hecho Podemos con el dinero cobrado por sus diputados y que expuso en una presentación en el Centro Cultural Gabriel Celaya de nuestra ciudad el pasado 5 de noviembre en un acto con Iñigo Errejón donde expusieron sus programas Hacemos e Impulsa.

Para ello la formación del equipo de gobierno ha presentado las bases de la segunda convocatoria de Proyectos para la ciudadanía de San Fernando de Henares Sí Puede. Recordemos que con las cantidades mensuales cobradas en 2015 por los concejales y alcaldesa, que superaban tres veces el salario mínimo interprofesional, se hizo un fondo que sirvió para donarlo a proyectos de una asociación y 7 colegios de enseñanza infantil y primaria del municipio.



Este año, se presenta a todos los vecinos y entidades las bases para poder participar y recibir ayudas económicas en proyectos de interés social.

1. ¿QUÉ ES proyectos para la ciudadanía de San Fernando de Henares Sí Puede?

 Es un proyecto político cuyas prioridades fundamentales son los vecinos de San Fernando de Henares, aquello que nos hace cada día levantarnos para resolver sus problemas cotidianos, así como poder dejar un mundo más justo, más social y sostenible.

Esta idea nace para facilitar el desarrollo de proyectos con proyección social, novedosos y que tengan incidencia en San Fernando de Henares y sobre todo en sus vecinos. 

El apoyo ofrecido desde San Fernando de Henares Sí Puede consiste en una dotación económica para los proyectos mejor valorados. La dotación económica de proyectos para la ciudadanía de San Fernando de Henares Sí Puede provienen de las donaciones realizadas los cargos públicos Electos de San Fernando de Henares Sí Puede, quienes se comprometieron a un límite salarial de tres salarios mínimos.

 Crear un fondo común que se reparte cada cierto tiempo nos permite financiar proyectos e iniciativas a nivel local, que mejoren la vida de nuestros vecinos. 

2. OBJETIVOS DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene como finalidad el apoyo de iniciativas, causas sociales y proyectos que busquen construir una sociedad más justa, igualitaria y democrática, en el municipio de San Fernando de Henares, en el ámbito de las siguientes áreas:

  ÁREAS PRIORITARIAS: Lucha contra la exclusión habitacional. 
En especial: o intervenciones destinadas a fomentar el empoderamiento de la población y los Derechos Económicos Sociales y Culturales 1 en barrios vulnerables. Modelo económico local más sostenible. 

En especial: a) proyectos encaminados al fomento de la Transición energética y economía postcarbono. b) Empleo desde la economía social. Educación e Igualdad: prevención, sensibilización, promoción y formación que fomenten la igualdad de género. 

 OTRAS TEMÁTICAS: Igualdad animal. Participación ciudadana en la ciudad y en los barrios. Inclusión social. 

Fomento de los Derechos Humanos y los derechos 

. Salud y deporte. I+D+i y nuevas tecnologías. Medio ambiente y Ecología. Proyectos para la ciudadanía de San Fernando de Henares Sí Puede, seguirá reactivándose periódicamente a través de varias ediciones.
 En cada edición podrán ser modificados tanto el tipo de proyectos que se pretende impulsar como la cuantía asignada a los mismos. 1 En adelante, “Derechos Económicos, Sociales y Culturales” se expresa por sus siglas:“DESC” BORRADOR +info: finanzas.sfhsipuede@gmail.com 

3. APORTACIÓN ECONÓMICA Para esta primera edición se contará con un presupuesto máximo de 19.000€ para adjudicar a un único proyecto o varios. En caso de no repartir la totalidad del presupuesto asignado para esta edición, el excedente se guardará para futuras ediciones. 

4. REQUISITOS PARA PARTICIPAR Podrán participar en esta categoría las entidades solicitantes que cumplan con los siguientes requisitos: 

1. Estar constituidas legalmente como entidades sin ánimo de lucro que persigan fines de interés social.
 2. Estar inscritas en el registro correspondiente.
 3. Estar domiciliadas en el territorio español y presentar un proyecto que se desarrolle en el municipio. 
4. Estar al corriente de las obligaciones fiscales y laborales. 
5. Demostrar capacidad técnica y humana para desarrollar el proyecto: la entidad y los/as impulsores/as del proyecto cuentan con estructura y capacidad suficientes para gestionar el proyecto seleccionado garantizando su viabilidad. 
6. 
7. No podrán presentarse a esta convocatoria colectivos o entidades que cuenten con activistas o participantes que militen de forma activa en San Fernando de Henares Sí Puede.
 8. Las entidades solicitantes conocen y aceptan que el Equipo Técnico de de San Fernando de Henares Sí Puede realizará un seguimiento de los Proyectos aprobados y se comprometen a facilitarle la información que les sea requerida sobre el desarrollo del proyecto aprobado. 

5. REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

 La presentación de la solicitud se hará exclusivamente vía online. Los solicitantes deberán de enviar toda la documentación que se detalla a continuación y enviarlo a la dirección de correo finanzas.sfhsipuede@gmail.com con el asunto Proyectos para la ciudadanía de San Fernando de Henares Sí Puede Los proyectos no podrán excluir a personas ni por su sexo, nacionalidad o religión. +info: finanzas.sfhsipuede@gmail.com 

1. la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad.

2. La inscripción de la entidad en el registro correspondiente. 
3. Una copia de los Estatutos debidamente registrados de la entidad solicitante. 
4. Un certificado de la Agencia Tributaria según el cual la entidad está al corriente de las obligaciones fiscales en el momento de la presentación del proyecto. 
6. Presentación del proyecto que se quiere realizar, donde deberá de aparecer las siguientes secciones. ● Título del proyecto. ● Breve descripción del proyecto. ● Objetivos que se desea obtener con este proyecto. ● Importe del proyecto que se desea financiar con este programa. ● Plazo de ejecución. ● Teléfono y email de la persona de contacto.

 6. CRITERIOS DE VALIDACIÓN DE LOS PROYECTOS 

1. Los criterios de validación de los proyectos serán los siguientes: 

1.1. El proyecto presentado y la entidad o colectivo solicitante reúnen todos los requisitos y condiciones establecidos en las presentes bases y no vulneran el Código Ético de San Fernando de Henares Sí Puede ni van en contra de la línea político-estratégica de esta. 1.2. La justificación del proyecto está basada en una identificación objetiva de necesidades. 1.3. El proyecto responde a al menos una de las prioridades detalladas en el punto “2.OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA” del presente documento. 
1.4. La viabilidad técnica queda patente mediante la coherencia y la correspondencia entre los objetivos definidos, los resultados y las fases de ejecución del proyecto. 
1.5. El presupuesto está detallado en todas sus partidas, es coherente con los objetivos y está ajustado a las actividades previstas. 5. Un certificado de la Seguridad Social según el cual la entidad está al corriente de las obligaciones laborales en el momento de la presentación del proyecto. BORRADOR +info: finanzas.sfhsipuede@gmail.com 
1.6. La entidad o colectivo solicitante tiene capacidad para desarrollar el proyecto en función de su experiencia, capacidad de gestión y disponibilidad de recursos. 
1.7. La sostenibilidad: el diseño del proyecto permite que sus resultados sean sostenibles a medio o largo plazo independientemente de la aportación este programa.

 2. Se sugieren las siguientes recomendaciones (no son criterios vinculantes) sobre las características de los proyectos presentados:
 2.1. Se recomienda que el proyecto tenga un carácter innovador en términos de enfoque o ejecución. 
2.2. Se recomienda que el proyecto tenga en consideración las perspectivas de género y ecológica. 

7. GASTOS FINANCIABLES POR SAN FERNANDO DE HENARES SÍ PUEDE

Los gastos financiables por Proyectos para la ciudadania de San Fernando de Henares Sí Puede serán aquellos que estén relacionados exclusivamente con las actividades que se desarrollarán para llevar a cabo el proyecto. Por lo tanto, no serán gastos financiables por este programa: 1. Las propuestas que representen únicamente una ayuda económica a una entidad para sus gastos corrientes de mantenimiento y funcionamiento (alquiler de la sede habitual de la entidad solicitante, agua, teléfono, electricidad, etcétera), así como para sus gastos extraordinarios (realización de obras, compra de equipamiento para la sede habitual... etc.). 2. Las propuestas destinadas exclusivamente a la contratación de personal o profesionales. 3. Gastos que justifiquen dietas, estancias y viajes del equipo responsable del proyecto que no guarden relación con el desarrollo de este. 4. Pago de deudas o amortización de cualquier operación financiera. 

8. PERÍODO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS 

Será obligatorio invertir la aportación económica en el proyecto que se presente en una duración máxima estimada de once meses 2, cuyo momento 2 Excepcionalmente, y bajo justificación, se podrá alargar el período de duración de un proyecto. +info: finanzas.sfhsipuede@gmail.com de inicio será, como máximo, un mes después de haber recibido el primer ingreso económico. No se podrán imputar gastos anteriores a la fecha de resolución de la convocatoria ni posteriores a la fecha de finalización del convenio.

 9. PRESENTACIÓN Y ELECCIÓN DEL PROYECTO GANADOR

 a) PRESENTACIÓN DE PROYECTOS Período de presentación de proyectos. Del 8 al 12 de Diciembre. La recepción de proyectos será vía online deberá de contener todos los requisitos que aparecen en el apartado de REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD. Período de subsanación. 12 al 16 de Diciembre. 

Es importante que se esté disponible estos días por teléfono y que el correo facilitado se revise con frecuencia. b) SELECCIÓN DE PROYECTOS Evaluación y selección. 19 a 22 de Diciembre. El Equipo Técnico de San Fernando de Henares Sí Puede se encargará de analizar y evaluar los proyectos para determinar si cumplen con los requisitos formales de presentación, si se ajustan al Código Ético y si los objetivos que persigue cada proyecto se ajustan a los de la convocatoria. Posteriormente, el día 22 comunicará a los participantes de la resolución del concurso. El equipo técnico de San Fernando de Henares Sí Puede podrá solicitar aclaración, ampliación o subsanación de la documentación aportada por las candidaturas.  

10. FORMALIZACIÓN DE LA AYUDA CONCEDIDA

 1. Una vez comunicada la resolución de los premios, San Fernando de Henares Sí Puede y las entidades que ha presentado el o los proyectos premiados suscribirán un convenio de colaboración sujeto a las bases y a la legislación vigente. Es importante recordar que este convenio podrá ser firmado únicamente por entidades constituidas legalmente. 

2. En este documento se especificarán los derechos y obligaciones de las dos partes, y los siguientes apartados: +info: finanzas.sfhsipuede@gmail.com a. Plazo de inicio y finalización del proyecto. b. Importe de la ayuda concedida. c. Periodo de imputación de las facturas. d. Forma de pago. e. 

Seguimiento del proyecto 

3. El proyecto ganador de recibirá el 50% del total de la dotación económica durante un plazo máximo de seis meses desde el día de la publicación de la elección del proyecto, y una vez firmado el convenio de colaboración. El resto del pago se realizará en dos plazos: en primer lugar se desembolsará el 40% del total durante el sexto mes de ejecución del proyecto, una vez recibido y evaluado por el equipo técnico de San Fernando de Henares Sí Puede el informe de situación intermedia del proyecto y la justificación de los gastos asociados al primer ingreso. El 10% restante se entregará una vez hayan sido presentadas y aprobadas la memoria final del proyecto realizado y la justificación de los gastos. 

4. En el caso de no aportar la documentación requerida por el Equipo Técnico de San Fernando de Henares Sí Puede y especificada en las presentes bases, o en el caso de que la memoria no demuestre el cumplimiento del proyecto presentado, la entidad solicitante y las personas responsables del proyecto deberán devolver íntegra la dotación económica recibida. 

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