El Ayuntamiento de San Fernando de Henares, ha recibido subvenciones en el marco de las convocatorias orientadas al desarrollo de acciones formativas las cuales requieren la contratación de profesores especializados con carácter temporal que cumplan un conjunto de requisitos establecidos por la Comunidad de Madrid, en lo que se refiere a su competencia profesional.
El plazo de presentación de solicitudes será del 2 al 16 de octubre.
DECRETO RESOLUCIÓN ALCALDÍA-PRESIDENCIA
El Ayuntamiento de San Fernando de Henares, ha recibido subvenciones en el marco de las convocatorias orientadas al desarrollo de acciones formativas siguientes:
• Orden de 11 de noviembre de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, donde se aprueba la programación de las acciones de formación de certificados de profesionalidad, dirigidas a jóvenes inscritos en el fichero nacional de garantía juvenil y se conceden subvenciones para la financiación de las mismas, de acuerdo con la Orden de 27 de julio de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.
• Orden de 30 de diciembre de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral para el año 2017.
• La Orden de 17 de junio de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las disposiciones generales que regulan la concesión de subvenciones para financiar la impartición de acciones de formación, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, del sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
Las acciones formativas requieren la contratación de profesores especializados con carácter temporal que cumplan un conjunto de requisitos establecidos por la Comunidad de Madrid, en lo que se refiere a su competencia profesional.
Existe informe de intervención por el que se determina la existencia de crédito suficiente para desarrollar estas actividades al amparo de las subvenciones recibidas, de fecha 15 de septiembre de 2017
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Es atribución de esta Alcaldesa la aprobación de las bases de los procesos selectivos, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LRBRL).
A la vista de lo expuesto RESUELVO:
Primero.- Aprobar las bases específicas que reg1ran la convocatoria de pruebas selectivas para la creación de una bolsa de empleo de educadores/formadores.
Dichas bases y los requisitos que establecen figuran como Anexo al presente Decreto.
Tercero.- El importe de la tasa por derechos de examen es de 16.09 euros, según lo previsto en el epígrafe 4 de la Ordenanza Fiscal que regula las tasas por tramitación de documentos a instancia de partes del Ayuntamiento de San Fernando de Henares para la selección de personal laboral en vigor. A los desempleados que se encuentren en situación de desempleo debidamente inscritos en las oficinas del INEM con un mes de antelación a la publicación de la oferta y que lo justifiquen documentalmente con la correspondiente demanda de empleo, se reducirán la tasa mencionada en un 50%.
Cuarto.- El plazo de presentación de solicitudes por parte de las personas interesadas en tomar parte en las pruebas selectivas será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de las bases en la web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Quinto.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contenciosoadministrativo,
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/ 1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualesquiera otros recursos que estimen procedentes.
Lo manda y firma la Alcaldesa-Presidenta, oa. Catalina Rodríguez Morcillo, en San Fernando de Henares, a 25 de septiembre de 2017.
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