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Los grupos políticos municipales no publican puntualmente sus cuentas

Los grupos políticos municipales no publican sus cuentas a pesar de estar aprobado en pleno por unanimidad el 18 de diciembre de 2014, así consta en la página web del Ayuntamiento de San Fernando de Henares y en el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de San Fernando de Henares publicado en el BOCM el 1 de marzo de 2016.

R.E: "Si tú no cumples con tus obligaciones ¿cómo puedes exigir que cumplan los demás?"

REGLAMENTO ORGANICO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

 art. 32 .Se constituirá un grupo político por cada lista electoral que hubiera obtenido representación en el Ayuntamiento. Para poder constituir y mantener un grupo será necesario contar con un mínimo de tres concejales, con excepción del Grupo Mixto.

art. 35. 2. Los grupos políticos deberán llevar una contabilidad específica de la dotación a que se refiere el apartado anterior, que pondrán a disposición del Pleno, siempre que este lo pida. Además, tendrán que publicar sus cuentas trimestralmente en la página web del Ayuntamiento.


Contabilidad de los Grupos Municipales.

De conformidad con la Moción suscrita por unanimidad en el Pleno de dieciocho de diciembre de 2014, relativa a la publicación en la web municipal de la contabilidad de la dotación presupuestaria que reciben del ayuntamiento todos los Grupos Políticos Municipales.
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