Tal y como anuncio el ministro de Sanidad, Salvador Illa, este miércoles se ha publicado el texto del BOE que regula el uso obligatorio de las mascarillas en los espacios públicos. Como ya se había adelantado este recoge la obligatoriedad de llevarlas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado o abierto de uso público en el que no se puede mantener la distancia de seguridad de 2 metros a partir de mañana.
Como novedad a lo sabido hasta ahora, se indica que tendrán que llevar mascarilla todos las personas de 6 años en adelante. Estas mascarillas, sean higiénicas o quirúrgicas, tendrán que cubrir boca y nariz.
Algunas excepciones para su uso
El texto recoge solo cuatro excepciones para no tener que utilizar las mascarillas en los espacios donde sea obligatoria. Uno son las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
Otro, aquellas personas en las que resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
Tampoco es necesario en aquellas actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible, como la ingesta de alimentos o bebidas. Finalmente, que exista alguna por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
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