31 de marzo de 1986
Cese de las actividades en el Colegio El Pilar
Cese de las actividades en el Colegio El Pilar
ORDEN de 31 de marzo de 1986 por la que se autoriza, de conformidad con los informes emitidos cese de actividades de la Sección privada de Formación Profesional denominada Nuestra Señora del Pilar sita en San Fernando de Henares (Madrid).
Ilmo. Sr.: Visto el expediente incoado a instancia de doña Maria Rosa Berian Manteca, en su condición de representante legal del Patronato de Protección a la Mujer, titular de la Sección privada de Formación Profesional denominada Nuestra Señora del Pilar.
Ubicada en el Colegio "Nuestra Señora del Pilar" sito en San Fernando de Henares (Madrid), calle La Presa, número 2, mediante el que solicita cese de actividades para la citada Sección. Resultando que el expediente ha sido tramitado en forma reglamentaria por la Dirección Provincial del Departamento en Madrid, que ha elevado propuesta sobre la referida petición, acompañando el preceptivo informe correspondiente a la Inspección Técnica de Educación en sentido favorable.
Resultando que la mencionada Sección fue autorizada por Ia Orden de 21 de noviembre de 1978; Visto la Ley Orgánica 8/1985, reguladora del Derecho a la Educación; el Decreto 1855/1974, de 7 de junio (de O de julio), sobre el Régimen Jurídico de las autorizaciones de Centros no estatales de enseñanza.
Que regula asimismo el procedimiento de cese de actividades de los Centros privados de enseñanza. Considerando que los alumnos de la Sección cuya clausula se solicita han encontrado escolarización, con lo que la continuidad de la enseñanza no se perjudica; Considerando que la sección objeto de este expediente reúne los requisitos establecidos en el artículo 18 del Decreto 1855/1974, de 7 de junio.
Este Ministerio ha dispuesto autorizar, de conformidad con los informes emitidos. El cese de actividades de la Sección privada de Formación Profesional denominada «Nuestra Señora del Pilar» sita en San Fernando de Henares (Madrid), calle La Presa, número 2. En el caso de habérsele dotado con material (mobiliario o equipo didáctico), con cargo a subvenciones concedidas por el Departamento, deberá quedar a disposición de éste, según lo establecido en las respectivas órdenes de otorgamiento.
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