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Efemérides de San Fernando de Henares. 26 de enero. Aprobada en el BOE la Casa de Niños 2 La Jaramita en San Fernando de Henares

26 de enero de 2007

Aprobada en el BOE la Casa de Niños 2 La Jaramita en San Fernando de Henares





La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo ( Boletín Oficial del Estado de 4 de mayo) , de Educación, dispone que la Educación Infantil es una etapa única, que abarca de los cero a los seis años de carácter voluntario y que se ordena en dos ciclos, el primero, de cero a tres años, y el segundo, de los tres a los seis años. Asimismo, la Ley dispone que las Administraciones Públicas proveerán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de Educación Infantil a través de la colaboración entre Administraciones, y estableciendo para ello, entre otros medios, convenios con las Corporaciones Locales.

Visto lo anterior, la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, promueve la creación de centros en el marco de la Red Pública de Centros de Educación Infantil establecido en el Decreto 88/1986, de 11 de septiembre ( BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de septiembre) , por el que se regulan los convenios con Ayuntamientos para la atención educativa a la población infantil de cero a cinco años y de acuerdo con la Orden 3936/1998, de 11 de diciembre ( BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre) , de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regulan las bases para la suscripción de convenios con Ayuntamientos para la creación y funcionamiento de centros integrados en la Red Pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid, modificada por la Orden 59/2004, de 8 de enero ( BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de enero) .

En el momento actual y con objeto de dar una mayor cobertura a la demanda de plazas escolares para niños menores de tres años, es necesaria la creación de nuevos centros públicos de Educación Infantil, mediante, en su caso, la suscripción de convenios con las Administraciones Locales.

En consecuencia, mediante el presente Decreto se crean seis Escuelas Infantiles. Las citadas escuelas se encuentran incluidas en las previsiones de la programación educativa para las zonas en las que se ubican, de conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación ( Boletín Oficial del Estado de 4 de julio) , y dentro del marco de la participación de la Administración Local en la programación de la enseñanza y en la cooperación con la Administración Educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.2. n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril ( Boletín Oficial del Estado de 3 de abril) , Reguladora de las Bases del Régimen Local.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 y en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y en el artículo 2 del Reglamento Orgánico de las Escuelas Infantiles y de los Colegios de Educación Primaria, aprobado por el Real Decreto 82/1996, y con el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su reunión del día 18 de enero de 2007,

DISPONGO

Primero

Crear las Escuelas Infantiles de titularidad de la Comunidad de Madrid que se describen en el Anexo I.

Segundo

Crear las Escuelas Infantiles de titularidad municipal que se describen en el Anexo II.

Tercero

Crear las Casas de Niños de titularidad municipal que de describen en el Anexo III.

Cuarto

Las escuelas mencionadas en el Anexo II y en el Anexo III se regirán por el convenio suscrito entre la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento correspondiente, en cuanto al régimen económico y de funcionamiento de las mismas.

Quinto

La capacidad máxima de las unidades del primer ciclo en funcionamiento, en cada curso, no podrá exceder del número de puestos escolares que resulte de la aplicación de las ratios que, en cuanto a superficie mínima requerida por puesto escolar y número máximo de alumnos por unidad, según la edad de los niños escolarizados, se determinan en el artículo 5 del Decreto 60/2000, de 6 de abril ( BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril) , por el que se crean, se suprimen y se cambia la titularidad de Escuelas Infantiles de primer y segundo ciclo de la Comunidad de Madrid y se establece la capacidad máxima de alumnos por aula.

Sexto

Autorizar al Consejero de Educación a adoptar las medidas necesarias para la ejecución del presente Decreto.

Séptimo

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 18 de enero de 2007.

El Consejero de Educación, LUIS PERAL GUERRA

La Presidenta,  ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

ANEXO III

ESCUELAS INFANTILES DE TITULARIDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Escuela Infantil Arganda número 3. Titularidad: Comunidad de Madrid. Código: 28066259. Domicilio: Camino de La Poveda, sin número. Municipio: Arganda del Rey ( Madrid) . Composición: 8 unidades de primer ciclo de Educación Infantil. Escuela Infantil Arganda número 4. Titularidad: Comunidad de Madrid. Código: 28066260. Domicilio: Calle de la Felicidad, sin número. Municipio: Arganda del Rey ( Madrid) . Composición: 12 unidades de primer ciclo de Educación Infantil.

ANEXO II

ESCUELAS INFANTILES DE TITULARIDAD MUNICIPAL

Escuela Infantil MadridChamartín número 4. Titularidad: Ayuntamiento de Madrid. Código: 28066004. Domicilio: Calle Juan Bautista de Toledo, número 5. Municipio: Madrid. Composición: 5 unidades de primer ciclo de Educación Infantil. Escuela Infantil Casarrubuelos. Titularidad: Ayuntamiento de Casarrubuelos. Código: 28066314. Domicilio: Camino de Torrejón de Velasco, número 5. Municipio: Casarrubuelos ( Madrid) . Composición: 5 unidades de primer ciclo de Educación Infantil.

ANEXO III

ESCUELAS INFANTILES CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL

Escuela Infantil Casa de Niños de Valdemaqueda. Titularidad: Ayuntamiento de Valdemaqueda. Código: 28067264. Domicilio: Calle Juan Carlos I, número 8. Municipio: Valdemaqueda ( Madrid) . Composición: 2 unidades de primer ciclo de Educación Infantil. Escuela Infantil Casa de Niños de San Fernando de Henares número 2. Titularidad: Ayuntamiento de San Fernando de Henares. Código: 28067288. Domicilio: Calle Rafael Sánchez Ferlosio, sin número. Municipio: San Fernando de Henares ( Madrid) . Composición: 3 unidades de primer ciclo de Educación Infantil.
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