El día 1 de agosto estaba convocada la Comisión especial de cuentas.
Mediante el presente escrito nos oponemos a la celebración de
las Comisiones Informativas y los plenos durante el mes de agosto y le
recordamos que, según lo aprobado por unanimidad, en la sesión plenaria de 25
de junio de 2015 en su punto III) letra A) cuyo tenor literal es el siguiente:
“A) Periodicidad de las
sesiones del Pleno.
Por otra parte el
apartado a) del artículo 46.2 de la LBRL, dice que el pleno celebra sesión ordinaria,
como mínimo, cada mes en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000
habitantes. Así mismo, el Pleno celebra sesión extraordinaria cuando así lo
decida el presidente, o lo solicite la cuarte parte, al menos, del número legal
de miembros de la Corporación, sin que ningún concejal pueda solicitar más de 3
anualmente.
3) Por todo ello, y en
cumplimento de los preceptos anteriormente indicados esta alcaldía propone al
Pleno de la Corporación:
- Apruebe que la
sesiones ordinarias del Pleno se celebren los terceros jueves e cada mes, a las
18:00 horas; en caso de ser inhábil, las sesión plenarias se celebrara el
jueves posterior hábil. El mes de
agosto se considerara inhábil a esto efectos”
Teniendo en cuenta lo preceptuado y aprobado por la sesión
plenaria de 25 de junio de 2015, muchos de los corporativos con y sin
dedicación exclusiva se encuentran durante el mes de agosto disfrutando sus
vacaciones anuales e incluso fuera del territorio nacional, como ya conoce la
señora Alcaldesa Presidenta por haber sido informada previamente de estas
ausencias.
Así mismo, entendemos que después de más de dos años sin
presupuesto municipal y habiendo transcurrido 8 meses del año 2018 con
presupuesto municipal prorrogado del año 2016 nos parece que esta urgencia no
se encuentra debidamente motivada y lo que se trata es de vulnerar los derechos
de los concejales/as y por ende los derechos de los ciudadanos a los que represente
evitando su asistencia al Pleno con el único fin de evitar debates sobre los
referidos presupuestos.
Por otro lado, en lo referente a la convocatoria de la Comisión
Informativa de Cultura, Educación , Juventud e Infancia; Participación
Ciudadana, Personal y Régimen interno, Medio Ambiente y Movilidad a celebrar el
1 de agosto de 2018, nos encontraríamos con la misma situación que señalamos
anteriormente al haber declarado el pleno municipal inhábil el mes de agosto.
El punto del día de la referida comisión es el mismo que se debería haber
tratado en la sesión a celebrar el 27 de julio y que ha sido frustrada por la
inasistencia de la Presidenta de la misma. En consecuencia, entendemos que no
se da ninguna situación extraordinaria ni urgente por las razones ya
mencionadas, porque no entendemos que la transformación de una plaza de
funcionario a laboral, que ya se encuentra cubierta provisionalmente, sea una
situación extraordinaria ni urgente y teniendo en cuenta la intención de
convocar un pleno en el mes de agosto, al que nos oponemos, para tratar de los
presupuestos, no entendemos porque se plantea la referida modificación ya que
la misma debería ser anexada al proyecto de presupuestos para del año 2018.
Por último, indicarle que esta convocatoria de la comisión y,
en su caso, del pleno durante el mes de agosto, supone una resolución
arbitraria y manifiestamente injusta, lo que le manifestamos a los efectos
legales oportunos.
Por todo ello,
SOLICITAMOS: Que se tenga
por presentado este escrito y se acuerde la desconvocatoria de la Comisión Informativa
arriba indicada así como que no se proceda a la convocatoria del Pleno durante
el mes de agosto por no encontrarse en el municipio numerosos concejales de la
Corporación y por aplicación de los acuerdos plenarios de 25 de junio de 2015
por entender que no existe razones extraordinarias y urgentes justificativas de
dichas convocatorias.
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