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El Ayuntamiento de San Fernando de Henares presenta la convocatoria para subvenciones destinadas a Cooperación al Desarrollo

BASES DE LA CONVOCATORIA
ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN FERNANDO
DE HENARES POR EL QUE SE CONVOCAN PARA 2016 SUBVENCIONES
DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL
DESARROLLO DE ASOCIACIONES, INSTITUCIONES Y
ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES SEGÚN LA PRESENTE
CONVOCATORIA



El Ayuntamiento de San Fernando de Henares convoca ayudas para subvencionar Proyectos de Cooperación al Desarrollo que realicen las Asociaciones, Entidades, Instituciones y Organizaciones No Gubernamentales.

A tal efecto, el Ayuntamiento ha dispuesto:

Base 1ª: El Consejo Municipal de Cooperación al Desarrollo con cargo a la partida específica de los Presupuestos del Ayuntamiento de San Fernando de Henares destinados a Cooperación al Desarrollo, estudiará y formulará propuesta de concesión de subvenciones a proyectos presentados por Asociaciones, Entidades, Instituciones y Organizaciones No Gubernamentales para la realización de PROYECTOS de Cooperación al Desarrollo dentro de los límites fijados por la partida presupuestaria establecida al efecto.

Base 2ª: Podrán presentar proyectos a subvención aquellos organismos que cumplan los requisitos establecidos en la Base 3ª una vez se haya hecho pública dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de la publicación. Los Proyectos deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, situado en la Plaza de España, s/n o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, las bases y los anexos, pueden encontrarse en la página Web del Ayuntamiento de San Fernando de Henares www.ayto-sanfernando.com. 

Base 3ª: Las Asociaciones, Entidades, Instituciones y Organizaciones No Gubernamentales que deseen concurrir a las subvenciones establecidas en los presupuestos del Ayuntamiento de San Fernando de Henares deberán cumplir los siguientes 

REQUISITOS:

a. Tener entre sus fines expresos, según sus estatutos, la realización de actividades de cooperación al desarrollo entendida ésta como un conjunto de actuaciones de carácter internacional orientadas al intercambio de experiencias y recursos entre países del Norte y del Sur para alcanzar metas comunes basadas en criterios de desarrollo humano, sostenibilidad, solidaridad, equidad, eficacia, interés mutuo, democracia participativa, respeto al medio medioambiente, cooperación y corresponsabilidad.

b. Estar constituidas al amparo de lo que dispone el artículo 22 de la Constitución Española y demás disposiciones legales.

c. Estar inscritas en el registro de O.N.G.D de la Agencia Española de Cooperación al Desarrollo Internacional (AECID) o en el Registro General de asociaciones del Mº del Interior o en el Registro de Asociaciones de San Fernando de Henares.

d. Estar implantada en la Comunidad de Madrid. Tendrán preferencia las entidades registradas en el Registro de Entidades Asociativas del Municipio de San Fernando de Henares.

e. No perseguir fines de lucro, ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

f. Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar.
g. Disponer de la estructura necesaria y suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos acreditando la capacidad operativa,
demostrada mediante la ejecución de al menos 2 proyectos de cooperación internacional al desarrollo, realizados por sí o conjuntamente con otras Organizaciones.
h. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social según lo dispuesto en la legislación vigente. No ser deudor con la Hacienda Municipal. (En el caso de ser adjudicatarios se expedirá certificación de oficio).

i. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones 
j. En el caso de haber percibido subvenciones en los años anteriores a la presente convocatoria, debe de haber justificado las ayudas económicas recibidas. En el caso de no haberse concluido los plazos de ejecución del proyecto deberá aportar un informe detallado del estado de desarrollo del mismo con desglose de gastos y partidas correspondientes.

Base 4ª: Las Asociaciones, ONGs, instituciones o entidades que concurran a la convocatoria de subvenciones de proyectos de Cooperación al Desarrollo del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, deberán presentar la siguiente

DOCUMENTACIÓN:

a) Instancia solicitando la participación en la convocatoria de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo 2016.
b) Cumplimentación de todos los datos requeridos en el ANEXO III de la presente convocatoria. Es imprescindible presentarlo en soporte informático.
c) Proyecto íntegro detallado y desarrollado, según las especificaciones de la Base 5ª. Se presentará el proyecto impreso y una copia en soporte informático siendo la presentación de esta copia obligatoria. Deberá presentarse en formato compatible y extensión .doc o .pdf.

d) Memoria de la institución del año anterior a la convocatoria, incluyendo obligatoriamente (bien en la misma memoria o en un certificado anexo) la siguiente información:
· un balance de las operaciones,
· fuentes de financiación,
· estado contable,
· número de personas asociadas y (en su caso) de personal laboral
existente y tipo de contrato.
· organigrama de la entidad.
· sedes, si lo hubiere.
· Experiencia en ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo (resumen de proyectos más importantes realizados y fuentes de financiación), tanto por la entidad solicitante como por la contraparte local.
· En el caso de que se trate de una Fundación, se debe especificar los nombres y apellidos de las personas que conforman el Patronato de dicha entidad.
e) Declaración escrita en la que conste el compromiso de aportar la diferencia, bien directamente o por financiación de terceros entre el coste total del proyecto y la dotación obtenida. En el caso de cofinanciación se debe especificar el nombre de la entidad que financia, la cuantía exacta y el destino que se dará a dichos fondos.
f) Copia compulsada de:
· El acta constitucional.
· Los Estatutos, en el que conste explícitamente, la inexistencia de ánimo de lucro, el ámbito de la entidad y sus fines.
· Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad Solicitante.
· Certificación acreditativa de la inscripción en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de San Fernando de Henares y/o en el registro de ONGD de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECID) y/o el Ministerio del Interior y/o del Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
g) En caso de haber presentado proyecto en la convocatoria anterior o encontrarse inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, la ONG, asociación o entidad solicitante sólo deberá aportar un certificado acreditativo firmado por el secretario o la secretaria de la organización en el que se haga constar que la documentación referida en el apartado f) de la Base 4ª obra en poder del Ayuntamiento y que no ha sufrido modificaciones.
h) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias (en vigor y expedido por la Agencia Tributaria) y certificado de estar al corriente de las obligaciones con la seguridad social (en vigor y expedido por la Tesorería de la Seguridad Social), que se efectuará según lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
i) Declaración responsable de la entidad beneficiaria, de no estar incurso en alguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario derivadas de la Ley 38/2003, Ley General de Subvenciones, de 17 de noviembre, según lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de junio.

j) Anexo VII, en el que se incorporarán los datos bancarios para la transferencia de la subvención y se certifica la titularidad de la Cuenta Bancaria.
Base 5ª: En los proyectos de Cooperación presentados al Ayuntamiento de San Fernando de Henares constarán, de forma obligada, los siguientes datos:
FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO.

TÍTULO DEL PROYECTO:______________________________________________
PAÍS:_______________________________________________________________
1. DATOS DE LA ONG SOLICITANTE Y DE LA CONTRAPARTE LOCAL.
1.1. Datos de la Organización no Gubernamental que presenta la propuesta:
· Nombre de la Organización:
· Dirección:
· C.P.:
· Localidad:
· Teléfono/s:
· Fax:
· Web:
· E-mail:
· N.I.F.:
· Fecha de constitución:
· Naturaleza Jurídica:
· Representante legal:
o Cargo: NIF
· Nombre y apellidos de las personas que forman el Patronato de la Fundación (este apartado es sólo para Fundaciones):
· Persona(s) responsable(s) del proyecto en la ONG:
o Cargo: NIF
1.2. Datos de la CONTRAPARTE LOCAL
· Nombre de la Organización:
· Naturaleza jurídica:
· Fecha de constitución:
· Campo de actividades:
· Dirección:
· Teléfono:
· Fax:
· Web:
· E-mail:
· Persona(s) responsable(s) del proyecto en la Contraparte:
o Cargo:
· Experiencia:
2. PRESENTACIÓN Y RESUMEN DEL PROYECTO
2.1. Título del proyecto:
2.2. País/Área geográfica donde se realizará:
2.3. Sector/Subsector Sectores CRS (Creditor Reporting System) de destino de la ayuda,
establecidos por el Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD). (según anexo VIII):
2.4. IDH / P.N.U.D.:
2.5. Plazo de ejecución del proyecto (número de meses):
· Fecha prevista de inicio:
· Fecha prevista de finalización:
2.6. Coste total del proyecto:
· Monto de la subvención solicitada al Ayuntamiento de San Fernando de Henares:
· Otras aportaciones: desglosar y distinguir entre las disponibles y las solicitadas:
2.7. Breve Descripción del proyecto:
2.8. Localización exacta del proyecto:
3. ANTECEDENTES, CONTEXTO Y JUSTIFICACIÓN.
(Incorporar Árbol de Problemas y Objetivos).
4. DESARROLLO DEL PROYECTO.
Matriz de Planificación:
4.1. Objetivo Global de desarrollo:
4.2. Objetivo(s) específico(s) del proyecto:
4.3. Resultados, Indicadores, Actividades y Recursos:
4.3.1.- Resultados esperados:
4.3.2.- Indicadores del grado de consecución de los resultados y sus fuentes de verificación:
4.3.3.- Descripción de las actividades a realizar y cronograma
4.3.4.- Recursos Humanos y Material.
5. PRESUPUESTOS Y FINANCIADORES.
5.1. Desglose presupuestario por partidas y financiadores. (Según Anexo IV).
6. VIABILIDAD DEL PROYECTO
6.1. Factores socio-culturales:
· Justificación del proyecto.
· Descripción de la población beneficiaria, participación y criterios de selección.
· Grado de implicación y motivación de las personas beneficiarias.
· Actitud de las autoridades locales. (Carta de avales, etc.).
· Cuestiones legales.
6.2. Enfoque de género.
6.3. Tecnología y asistencia técnica.
6.4. Impacto medioambiental.
6.5. Estudio de viabilidad económica del proyecto.
6.6. Factores de riesgo.
6.7. Otros (metas ODM y sistema CAD de marcadores)
7. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN INTERNA/EXTERNA:
· Evaluación y seguimiento del proyecto en el que se detalle la metodología para realizar el seguimiento por parte de la ONG solicitante y por parte del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
8. PLAN DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN:
Plan de difusión del proyecto y sensibilización local entre la población de SanFernando de Henares, en el que se especifique qué trabajo realizará la ONG para que el proyecto a desarrollar en la localidad de destino, se conozca entre la población de nuestro municipio.
El Consejo Municipal de Cooperación al Desarrollo tendrá la facultad de anular cualquier proyecto que no indique de manera clara todos y cada uno de los apartados indicados en la Base 5ª de la presente convocatoria.
Base 6ª: La convocatoria a los proyectos de cooperación al desarrollo es anual y se resolverá en el ejercicio del año. En el caso de programas bianuales o plurianuales, éstos se deberán presentar cada año a la convocatoria de subvención a Proyectos de Cooperación al Desarrollo del Ayuntamiento de San Fernando de Henares añadiendo al mismo una evaluación parcial del año o años anteriores. En cualquier caso, el mismo proyecto no podrá optar por más de tres años consecutivos a subvención.
La resolución se publicará en la página web del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (www.ayto-sanfernando.com/) a efectos de publicidad.
Base 7ª: Se suscribirá Convenio Contrato entre el Ayuntamiento y aquellas Instituciones, entidades, ONGs y Asociaciones cuyos proyectos sean aprobados, constando en el mismo las obligaciones de las partes, las modalidades y forma de pago de la dotación concedida. La presentación en la firma del convenio será imprescindible para recibir las ayudas.
Se notificará a las entidades cuyos proyectos vayan a ser objeto de subvención.
Los efectos de la falta de notificación se considerarán desestimatorios.
Base 8ª: Los CRITERIOS a tener en cuenta por el Consejo de Municipal de Cooperación a la hora de establecer el plan de adjudicación para ser presentado al órgano competente de la Corporación Municipal serán los siguientes:
a) Prioridades Geográficas: la ayuda de cooperación del Ayuntamiento deberá ser distribuida con arreglo al siguiente criterio geográfico: tendrán prioridad los proyectos destinados a todos aquellos países con índice bajo o medio en el último Informe de Desarrollo Humano del PNUD.
Máximo 5 puntos
b) Prioridades Horizontales:
· La lucha contra la pobreza y el hambre.
· La promoción de la igualdad entre géneros.
· La promoción de la salud y la educación.
· El respeto y la protección del patrimonio natural y cultural y del medio ambiente.
· Lucha contra la desigualdad social.
Máximo 3 puntos
c) Prioridades Sectoriales:
· Atención a las necesidades sociales básicas (educación, salud, vivienda, infraestructuras básicas y seguridad alimentaria).
· Estructura y promoción del tejido económico y las microempresas productivas donde la población beneficiaria directa sean los colectivos más desfavorecidos.
· Participación social, desarrollo institucional, buen gobierno y derechos sociales y políticos colectivos.
Máximo 3 puntos
d) Se dará preferencia a aquellos proyectos que tengan una mayor incidencia cuantificable en mujeres e infancia. Se dará prioridad a los proyectos gestionados por mujeres.
Máximo 4 puntos
e) Los proyectos aprobados deben ir en la línea de crear elementos de producción a gestionar por las propias comunidades beneficiarias de la acción incidiendo en el nivel de participación de dicha comunidad, y en el incremento de su capacidad de autogestión así como en la creación de estructuras productivas del país o de la región. (Autonomía, empoderamiento y sostenibilidad). Máximo 6 puntos
f) Se valorará preferentemente aquellos Proyectos que contengan acciones de sensibilización y conocimiento de la ciudadanía de San Fernando de Henares en temas de cooperación al Desarrollo, diferente al Plan de Difusión y Sensibilización que todo proyecto de cooperación debe contemplar.
La acción, para ser evaluada, deberá contar con:
· una relación y descripción de propuestas- actividades a desarrollar, · población diana de las mismas, · y personal que esté a cargo de su realización.
Estas acciones no tendrán coste para el Ayuntamiento de San Fernando de Henares y se realizará en coordinación con la Concejalía de Solidaridad.
Máximo 2 puntos
g) Los proyectos podrán ser cofinanciados junto con otras instituciones, asociaciones u organismos, por lo cual, se valorará la aportación de acreditación documental (ver base 4ª apartado e). Ninguna entidad recibirá más del 20% del importe total de esta convocatoria y tendrán prioridad
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